APLICACIÓN DEL DERECHO, INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD
DOI:
https://doi.org/10.14210/nej.v17n2.p161-172Resumen
En esta ponencia trataré de construir la imagen del juez no desde el poder que ejerce (la jurisdicción), sino desde el deber que recae sobre él (las garantías de la jurisdicción). Ello nos permitirá aislar los tres deberes en torno a los cuales giran los bienes internos a la práctica de la jurisdicción: el deber de aplicar el Derecho, el deber de independencia y el deber de imparcialidad. El deber de aplicar el Derecho coincide con lo que suele llamarse “la garantía objetiva de la jurisdicción” y los deberes de independencia e imparcialidad con “las garantías subjetivas de la jurisdicción”. Como se verá, este análisis nos permitirá mostrar dos cosas. Una, que en términos prácticos el incumplimiento de las garantías subjetivas tiene un potencial deslegitimador superior al incumplimiento de la garantía objetiva. Y dos, que en términos conceptuales, las nociones de independencia y de imparcialidad son dependientes de la concepción del Derecho que se tenga.Descargas
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